FECHA: 02/03/2008 - EXPTE No: 586/08 PARTIDO : Echagüe (P) vs Asoc. Española INCULPADO: Sr. JOSE NAON (Jug. Asoc. Española)
TRIBUNAL DISCIPLINARIO RESUELVE: SUSPENDASE al inculpado por Un (1) partido a partir de su inhabilitación provisional (03/03/2008),en virtud de lo dispuesto por los arts. 156 inc. g, 157 inc. e, 37, 41 inc. h y 42 del C.P. Con costas: $ 30.-
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FECHA: 02/03/2008 - EXPTE No: 601/08 PARTIDO : San Martín (C) vs Echagüe-Saladillo DENUNCIANTE: CLUB ECHAGÜE SALADILLO
TRIBUNAL DISCIPLINARIO RESUELVE: desestimar la protesta interpuesta en base a lo dispuesto por el art.88 inc. a y b del C.P.P. de la AdC.
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Buenos Aires, 5 de marzo de 2008.
Sr. Presidente CLUB SAN MARTIN DE MARCOS JUAREZ.
Presente.
Nota: 124
De nuestra consideración:
En reunión de Mesa Ejecutiva del día de la fecha,se analizó vuestra nta de fecha 18-02-08, coincidiendo que el lamentable hecho vivido por vuestro Asistente Sr. Javier Gómez, es de carácter netamente policial.
La AdC no efectúa aperturas de expedientes por oficio, por lo tanto se remitirá copia de vuestra denuncia al Club San Martín de Corrientes, solicitando la aclaración de tan penoso incidente.
Sin más, le saludamos atentamente.
Firmado: Asociación de Clubes De Básquetbol. Eduardo V.C. Bazzi Presidente.
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Buenos Aires, 5 de marzo de 2008.
Sr. Presidente CLUB SAN MARTIN DE CORRIENTES. Presente.
Nota: 124
De nuestra consideración:
Adjuntamos a la presente denuncia formulada por el Club San Martín de Marcos Juárez, lamentando profundamente que se produzcan en el Torneo Nacional de Ascenso, hechos de violencia que no coinciden con la jerarquía de la competencia.
Agradeceremos se tomen las medidas para reemplazar a vuestro Jefe de equipo que estuvo involucrado en tal lamentables sucesos.
Sin más, saludamos atentamente.-
Firmado: Asociación de Clubes De Básquetbol. Eduardo V.C. Bazzi Presidente.