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03/05/2010 19:04 | Internacional

Liga Sudamericana Sub 15 de clubes, organizada por ABASU

Contará con 36 equipos, 6 de ellos argentinos, y empezará el 29 de junio con hexagonales regionales clasificatorios. Los clubes interesados en participar deberán inscribirse en su federación antes del 21 de mayo. Además se puede hacer la propuesta para obtener la sede.
Liga Sudamericana Sub 15 de clubes, organizada por ABASU

La competencia será dividida en dos etapas. La fase clasificatoria por hexagonales regionales (todos contra todos), otorgará al ganador la clasificación a la fase final. La segunda etapa será un hexagonal final en lugar a licitar por el sistema de triangulares, semifinales y final.

La primera etapa se jugará entre el 29 de junio y 3 de julio y del 6 al 10 de julio. Mientras que la fase final será del 13 al 17 de septiembre. Argentina tiene asignado el cupo de 6 equipos participantes.

LIGA SUDAMERICANA DE CLUBES SUB 15 MASCULINO
JUVENTUD DE AMERICA
REGLAMENTO DEL TORNEO
PRIMERA EDICIÓN -2010


CAPITULO I

DIRECCIÓN Y ORGANIZACIÓN

A. DIRECCIÓN


En conformidad a lo dispuesto en el artículo 23 de los Estatutos Generales de la ABASU, a través de la Comisión de Liga Sudamericana tiene la responsabilidad de organizar y administrar deportivamente las Liga Sudamericanas de Clubes.
El funcionamiento y el desarrollo de su Torneo estará regulado por sus propios Reglamentos, Anexos y Manuales.
En virtud de lo anterior se dicta el presente Reglamento para la ejecución de la 1ª Edición de la Liga Sudamericana de Clubes Sub 15 masculina 2010.
Estos reglamentos podrán ser modificados por el Comité Ejecutivo de ABASU..

Artículo 1 PARTICIPANTES

Las 10 Federaciones Nacionales/Confederaciones Nacionales (habilitadas) calificarán e inscribirán a sus representantes para la liga a los Clubes Sub 15 y será homologada por el Comité Ejecutivo de ABASU.

Artículo 2 CUPOS

2.1 Los Cupos por Federaciones y Confederaciones participantes para la
1º Edición de la Liga , serán los siguientes:

Argentina: 6 equipos
Brasil: 6 equipos
Uruguay: 4 equipos
Venezuela: 4 equipos
Chile: 3 equipo
Paraguay: 3 equipo
Bolivia: 2 equipo
Ecuador: 3 equipo
Perú: 2 equipos
Colombia: 3 equipos
TOTAL: 36 equipos

2.2 Cupos: Sólo previstos en participación 1ª Edición del año 2010

2.3 Si una Afiliada no completa su cupo el mismo, será distribuida en primer
lugar entre aquellas Confederaciones o Federaciones de la Zona
que poseen un cantidad inferior de cupos. Posteriormente será adjudicado
por resolución de la Comisión de Liga.

B. INSCRIPCIONES , ZONAS Y GRUPOS

Artículo 3 De las Inscripciones y Zonas

3.1 Los clubes deberán solicitar su inscripción a través de sus respectivas Federaciones o confederaciones que deberán dar el aval para su aceptación de acuerdo a los parámetros de selección elegidos por ellos

3.2 Los clubes serán distribuidos por su ubicación geográfica en 3 (tres) Zonas Norte ,Centro y Sur, cada zona tendrá 2 (dos) grupos de 6 equipos cada uno , los clasificados jugaran el hexagonal final en sede única.

ZONA NORTE
( Venezuela, Ecuador, Peru , Brasil, Colombia)

ZONA CENTRO
( Brasil, Peru, Paraguay, Argentina, Chile , Bolivia Y Uruguay)

ZONA SUR
( Uruguay, Argentina, Chile, Bolivia, y Paraguay)

3.3. Los Grupos de Competición serán conformados en la reunión de la Comisión de Liga y el Comité Ejecutivo el 19 de Mayo en san Juan de Puerto Rico

Artículo 4
4 1 Cada Club deberá cumplimentar la documentación habitual de inscripción de los jugadores a FIBA AMERICAS a través de su Confederación/Federación Nacional, quedando así obligado a su Federación Nacional y ABASU a las normas punitivas respectivas de participación.

4.2 La inscripción de clubes y solicitud de sedes se recibirá hasta el día Miércoles 3 de mayo para la Fase Clasificatoria y hasta el 2 de agosto la de las sedes para la Fase Final en la Secretaria General de ABASU.

4.3 El arancel de inscripción será de u$s 500 (quinientos dólares americanos) que deben ser abonados al momento de su presentación , depositando esa suma en la Cta. bancaria de ABASU FIBA de San Juan Puerto Rico cuyos datos son los siguientes:

FIBA AMERICA Y/O ABASU BCO POPULAR DE PUERTO RICO
925 FERNANDEZ JUNCOS PDA 15
SANTURCE PUERTO RICO 00907 TELEFONO 787 722 01 40
NRO DE CUENTA 017 267 24 begin_of_the_skype_highlighting 017 267 24 end_of_the_skype_highlighting NRO DE RUTA ABA 021502 011 begin_of_the_skype_highlighting 021502 011 end_of_the_skype_highlighting
SWIFT CODE BPPRPRSX NRO SEGURO PATRONAL 66 065 2541

Artículo 5 Los Clubes inscritos deberán formalizar en formularios -a tal fin elaborados- los datos personales e institucionales (telef.,fax y/o e-mail) que identifiquen a las personas responsables y/o representantes de los Clubes en cuanto a temas deportivos, televisivos, publicitarios y de comercialización (marketing). Además, se dará por reconocido en todos los términos el presente Reglamento, Anexos y Manuales respectivos al que se dará fiel cumplimiento.

Articulo 6 Ratificada la inscripción y constituidos los grupos, ningún Club podrá retirarse del Torneo, y si lo hiciese será plausible de las sanciones que determine la Comisión Especial.

Artículo 7 Fecha de la Competición.
La Liga Sudamericana sub. 15 se jugará en su Fase clasificatoria del 29 de junio al 3 de julio y del 6 de julio al 10 de julio, la Fase final será entre el 13 al 17 de septiembre.

Articulo 8 Días de la Competición.
La Comisión de Liga Sudamericana fijará los días de competencia, priorizando el pedido de la sede, utilizando los días de la semana más adecuados, sin que ello implique interferir con programaciones de FIBA y/o FIBA-AMÉRICA y/o ABASU. Las Federaciones y/o Confederaciones Nacionales deberán priorizar el calendario propuesto y facilitar a su representante cumplir con el compromiso internacional.

Articulo 9 Horarios de los Encuentros.
Se establecen dos bandas horarias para la celebración de los encuentros, siguiendo hora local y de acuerdo a necesidades operativas de la televisación de los juegos.
Banda semanal (Lunes/martes/miércoles/jueves/viernes) 16 a 22 hrs. de inicio.
Banda fin de semana (sábado/domingo) 15 a 22 hrs. de inicio.

Articulo 10 Una vez fijadas las fechas y horarios para la realización de los partidos, estos no podrán ser modificados, ni por acuerdo de las partes, solo la Comisión de Liga Sudamericana; en los casos que le sean sometidos, podrá -cuando juzgue pertinente modificar las fechas y horarios.

Artículo 11 Premiación y Representatividad de los Finalistas

11.1 La Premiación al Campeón y Subcampeón con entrega de trofeos y medallas se efectuará por las autoridades de ABASU y la Comisión de Liga Sudamericana presentes y otras a designar, una vez finalizado el juego final.

11.2 El Club local de la final deberá arbitrar los medios necesarios para asegurar una entrega ordenada que permita su televisación y difusión.

11.3 Las autoridades del Club local deberán convenir con las autoridades de la Comisión de Liga Sudamericana en tiempo y forma todo lo correspondiente al acto de Premiación.

11.4 La Comisión de Liga Sudamericana establecerá (durante el 2010) los derechos de participación del Campeón y Subcampeón, al igual que definición de cupos para la II ª.Edición y subsiguientes y otras competencias internacionales.

Artículo 12 El Club visitante no podrá actuar en el país donde se deba realizar el partido de la Liga, ni antes ni después de su programación, durante un período prudencial, salvo autorización expresa de la Comisión de Liga Sudamericana.

Artículo 13 DESIGNACIÓN Y CONVENIO DE SEDES

13.1 La Comisión de la Liga Sudamericana, designará -sin apelaciones- las sedes correspondientes a los hexagonales de las dos fases del torneo.
Los Clubes, solidariamente con sus Confederaciones/Federaciones Nacionales, deberán solicitar las diferentes sedes dando cumplimiento a los requerimientos de ABASU.

13.2 La organización de las Sedes se ajustará a el Convenio particular a suscribir entre ABASU, Federación y/o Confederación Nacional y Club Organizador, adecuados a las condiciones generales explicitas en el Reglamento del Torneo, Anexos y especiales de cada Sede.

C. INSCRIPCIÓN LISTAS DE BUENA FE

Artículo 14 Cada equipo podrá fichar hasta 20 jugadores de hasta 15 Años cumplidos en el 2010., no se aceptara ningún jugador extranjero en los equipos.

Artículo 15 LISTAS DE BUENA FE

a) Las Federaciones y/o Confederaciones Nacionales deberán oficializar con firma de su Presidente los Listados de Buena Fe de los equipos representativos y elevar la información a la Secretaría de la Comisión de Liga Sudamericana en Asunción, 30 días antes del inicio de la participación de su equipo, los clasificados a la fase final podrán reforzar sus equipos con 2 (dos) jugadores.

b) Por reglamentaria inscripción en el registro de FIBA AMERICA, se entiende la efectuada con sujeción a las disposiciones vigentes en la respectiva Confederación y/o Federación Nacional afiliada y en el Estatuto y Reglamentos de la FIBA,.

c) Las delegaciones oficiales representativas de cada Club en los hexagonales estará integrada por hasta 16 (diez y seis ) 12 jugadores, 1 delegado, 2 Cuerpo técnico y 1 árbitro Obligatoriamente no menos de 10 jugadores y el cupo no podrá ser reemplazado.

Artículo 16 Antes de cada partido los Jugadores y entrenadores y asistentes deberán identificarse ante el Comisionado Técnico, con su credencial con foto, pasaporte o cédula de identidad. Los jugadores nacionalizados presentarán el documento del país que los acredita en ese carácter.

.

CAPITULO II

SISTEMA DE COMPETICIÓN

Artículo 17 PRIMERA FASE CLASIFICATORIA
se desarrollará en 6 Hexagonales clasificatorios (denominados por Grupo 1, 2, 3, 4, 5, y 6 ) que jugarán en sedes fijas por el sistema de “Todos Contra Todos” en cada grupo, clasificando el 1º de cada uno de ellos (total 6 equipos), los que pasarán al hexagonal final, la clasificación se realizara en base al punto Nro 2 Clasificación de los Equipos
La distribución de los equipos en cada uno de los 6 ( seis) hexagonales y la programación de los juegos, incluida la fase final será RATIFICADA o MODIFICADA por la Comisión de la Liga, Sudamericana en base al siguiente formato de cupos

ZONA NORTE

Grupo 1 Venezuela ( 2 ), Colombia ( 2) Ecuador ( 1 ) Brasil (1)
Grupo 2 Venezuela ( 2) Colombia ( 1 ) , Ecuador ( 2 ) y Perú ( 1)

ZONA CENTRO

Grupo 3 Brasil ( 2) Perú ( 1 ) Bolivia ( 1 ) Chile ( 1 ) Paraguay ( 1 )
Grupo 4 Brasil ( 2 ) Argentina ( 2 ) Uruguay ( 1 ) Paraguay ( 1 )

ZONA SUR

Grupo 5 Paraguay ( 1 ) Brasil ( 1 ) Argentina ( 2 ) y Uruguay ( 2 )
Grupo 6 Chile (2) Argentina ( 2) Uruguay ( 1) Bolivia ( 1)

Artículo 18 SEGUNDA FASE FINAL EXAGONAL Los Seis equipos clasificados jugarán en una Sede en 2 (dos) grupos de 3 (tres) equipos, con semi final cruzada entre los 2 primeros de cada grupo y la final por el 1º y 2do por el 3ro y 4to y el 5to y 6 to puesto . El Club clasificado primero será el Campeón de la Liga Sudamericana Sub. 15 el segundo el Vice campeón ambos con derecho a participar de la II Edición del 2011.-

CLASIFICACION DE POSICIONES

La clasificación de posiciones empatadas en los Hexagonales clasificatorios y
final se resolverá, aplicando las Reglas Oficiales de Juego FIBA, de la
siguiente manera:
Artículo 19
En el caso de dos (2) equipos que tengan el mismo número de puntos, la
clasificación se establecerá teniendo en cuenta solamente los partidos
jugados, que detecte mayor diferencia de goles a favor (goles a favor menos
goles en contra) en los partidos disputados entre si. Si de esta manera se
produce un nuevo empate, la clasificación se determinará por gol average (gol
a favor dividido por goles en contra) de todos los partidos jugados disputados
por cada Club en esta fase Clasificatoria.

Artículo 20
Si más de dos (2) equipos tienen igual número de puntos en la fase clasificatoria, se establecerá una nueva clasificación teniendo en cuenta solamente los resultados obtenidos entre los equipos implicados. Si la situación no se resuelve de esa manera y los equipos tienen los mismos puntos luego de esta segunda clasificación, se tendrá en cuenta el gol average (goles a favor divididos por goles en contra) considerándose solamente los resultados de los partidos entre los equipos implicados. Si incluso así no se llega a una solución final, la clasificación se determinará por el gol average (goles a favor dividido por goles en contra) considerándose los resultados de todos los partidos jugados por estos equipos en la fase clasificatoria.

En los casos en que eventualmente los sistemas indicados en los subsista el
empate, la clasificación se determinará por sorteo.

CAPITULO III
DISPOSICIONES TÉCNICAS, ADMINISTRATIVAS
ECONÓMICAS

A. TÉCNICAS

1. Reglas de juego

Articulo 21 Los partidos se jugarán de acuerdo a las Reglas de Juego aprobadas por la Federación Internacional de Básquetbol FIBA, y en sus modificaciones hasta la fecha.

Artículo 22 ASPECTOS TÉCNICOS IMPORTANTES

22.1 Vestimenta: Cada Club participante deberá informar los colores de camiseta y pantalones a utilizar y sus alternativas (claras y oscuras). Las camisetas deberán llevar impreso el número y el nombre (obligatorio), debiendo utilizar el equipo local camisetas claras y el visitante camisetas oscuras (según Reglamento FIBA, numeración según Federación de origen).

22.2 Tiempos muertos de Televisión a convenir s/ transmisión con Comisionado Técnico, previo inicio de partidos.

2. Comisionado Técnico

Articulo 23
Los partidos correspondientes a la 1º fase y 2º fase serán presididos por un Comisionado Técnico que será nominado en cada caso por la secretaria general de ABASU en concordancia con la secretaria técnica de FIBA América

Articulo 24 Antes de la iniciación del juego, el Comisionado Técnico verificará el cumplimiento de las disposiciones precedentes, comunicando a las autoridades del Club local, para la solución de las anomalías que encontrare e informará a la Comisión de Liga Sudamericana de las irregularidades.
Se prestará especial atención a lo estipulado en el Reglamento, Televisivo, Publicitario, Anexos y Manuales.

Articulo 25 Coordinará con el Jefe Policial del recinto deportivo, todo lo concerniente a seguridad, a fin de garantizar el normal desarrollo del juego.

Articulo 26 La obligación del Comisionado Técnico, es hacer una planilla estadística y remitirla por medio de mail a la Secretaria Gral. de ABASU y a FIBA América.

Articulo 27 El Comisionado Técnico, deberá informar a la Secretaría general de ABASU, el fiel cumplimiento de todas las disposiciones de este Reglamento, enviando debidamente firmado el formulario ad-hoc.

Articulo 28 Para un mejor desempeño, el Comisionado Técnico, recibirá el Manual de Trabajo con sus derechos y obligaciones, que forma parte del presente reglamento.

Por su cometido se le cancelarán las Aranceles fijados en el presente Reglamento (Materias Económicas).

3. Árbitros FIBA y Mesa de Control

Artículo 29
a) Cada partido será dirigido por 2 (dos) en la fase clasificatoria y por 3 o 2 árbitros en la final con carné FIBA actualizado, nombrados por la Secretaria General de ABASU en concordancia con la Comisión Técnica de FIBA América en los hexagonales el Comisionado Técnico los nominará entre los árbitros participantes oficialmente.

b) Cuando se enfrenten Clubes de una misma Federación y/o Confederación Nacional, la Comisión Técnica podrá designar árbitros locales (del mismo país).

c) De acuerdo a la reglamentación vigente de FIBA, los Clubes participantes no tendrán derecho alguno a observar ni rechazar la designación de los árbitros.

d) Cuando un árbitro para dirigir un partido, por razones de fuerza mayor (enfermedad, lesión, etc.) no pueda cumplir, la Confederación y/o Federación Nacional a que pertenece, comunicará de inmediato a la Secretaría General de ABASU para que esta disponga lo necesario para su reemplazo.

e) Si un árbitro hubiera ordenado la expulsión del partido de algún jugador del partido o entrenador o asistente de equipo o cualquier otra autoridad, deberá comunicar por fax a la Comisión de Liga Sudamericana (Secretaría General de ABASU , al término del partido, la identidad de la persona y la causa de la expulsión.

f) Los integrantes de la Mesa de Control (Operadores), deberán ser designados por la Federación y/o Confederación Nacional del país donde se desarrolle el evento, en coordinación con el Comisionado Técnico asignado al partido.

4. Equipamiento para Baloncesto
Articulo 30
El recinto deportivo donde se realizarán los juegos deberá cumplir con las exigencias para las competencias de nivel medio (nivel 2), establecidas en el Equipamiento de Baloncesto , apéndice de las Reglas Oficiales de Baloncesto.
No obstante lo anterior, se hace énfasis en los siguientes aspectos:

 Instalaciones, Camarines:
Para los equipos 4
Para los Árbitros 1
 Estadística: confecciones según software de la Federación para Directivos e integrantes de delegaciones.

 Servicio telefónico, Internet. Facilidades para los Directivos e integrantes de delegaciones.

 Lugar para las Autoridades e invitados especiales

 Sala de Prensa: Equipada con servicio telefónico , computadoras, Internet, etc. (opcional)
(VIP)

 Tribunas lugar para: Autoridades e invitados
Delegaciones participantes
Prensa y TV

 Servicio y Seguro Médico En los Hoteles y Estadio
(entrenamiento y partidos)

 Conexión de Internet (On line)

5. Autoridades de ABASU.

a) Cada Sede, contará con la presencia -veeduría- de una autoridad de la Comisión de Liga Sudamericana, cuya nominación se coordinará con el Presidente de ABASU.

b) Las autoridades del Comité Ejecutivo de ABASU y la Comisión de la Liga Sudamericana, presentes en cada juego son autoridades naturales de ABASU y asumen responsabilidades según las disposiciones reglamentarias.

B. ADMINISTRATIVAS

1. Visas y Vacunas

Articulo 31 Los Clubes participantes deberán consultar con el tiempo suficiente antes de la salida de su país, al país que le corresponda jugar, si los jugadores extranjeros o nacionales, necesitan visa, vacunas u otras exigencias, quedando bajo su responsabilidad y costo el trámite respectivo.
La ABASU no se responsabiliza del trámite administrativo de objeción de VISAS, vacunas u otras exigencias requeridas (incluso visado deportivo o tramite especial a extranjeros).

2. Estadios

Artículo 32

a) Las Sedes deberán informar el estadio en que se realizara los encuentros , el mismo deberá reunir las condiciones que exigen los Reglamentos Oficiales de la FIBA; si no es propietario, por el cual, éste cede sus instalaciones para los fines solicitados por el tiempo que dure el torneo.

b) El Club enviará a la Comisión de Liga Sudamericana los siguientes elementos del Coliseo:

• Plano de planta (esc. 1:100) y de taquilla con accesos principales y emergencias.
• Indicar zona VIP (plateas) reservadas a autoridades, sponsors, y delegaciones.
• La zona delimitada de platea VIP:
ABASU: Cantidad a definir, según cada partido y escenario.
• Capacidades mínimas:
- Fase clasificatoria 1.000 espectadores
- Fase Final 2.000 espectadores

c) El Comisionado Técnico verificará la situación real de los estadios, especialmente los no reconocidos.

d) Cada estadio contará con un coordinador o encargado local que aportará todo el apoyo técnico y logístico que demande la realización de cada juego, incluyendo apoyo a las instalaciones anexas para televisación y la publicidad estática (módulos rotativos ó estáticos)

3. Seguridad

Articulo 33 Como mínimo, se establece la presencia de policías uniformados dentro de las instalaciones del estadio, quienes deberán estar presentes una hora antes del inicio del partido. La Comisión de Liga Sudamericana o el Comisionado Técnico, determinará en caso necesario el aumento de mayor cantidad de policías a los propuestos por el organizador.

C. MATERIAS ECONOMICAS.
Obligaciones y Derechos

1. ABASU

1.1 OBLIGACIONES EN LA 1RA. FASE

a) Aranceles a Árbitros y Comisionados extranjeros
b) ( 4) cuatro) Balones Molten Nro 6 a cada participante.

1.2 OBLIGACIONES EN LA 2DA FASE FINAL

Articulo 34 Transporte Aéreo y Terrestre

a) Aéreos o terrestres
Se aportaran a todos los participantes involucrados, Clubes, Jueces FIBA, Comisionados Técnicos, y Autoridades de ABASU.
Clubes participantes de visita: 15 (quince) cada Club
Autoridades de ABASU: 1 (uno)
Comisionado Técnico: 1 (uno)
Árbitros FIBA – hexagonal final - 7 ( dos de la Sede )
( cinco externos)

b) Los pasajes serán emitidos en clase económica. Los Clubes deberán afrontar los impuestos y/o tasas de embarque en origen y/o destino, que no estuvieran incluidas en el ticket emitido por cuestiones reglamentarias (IATA).

c) Los pasajes aéreos serán emitidos entre aeropuertos internacionales de capitales de cada país ó ciudad en igual condición y conexiones para distancias mayores a los 500 Km. de cada país esta es una prerrogativa de la Comisión de liga.

d) Los pasajes serán remitidos por la Agencia designada por el Comité Ejecutivo de ABASU previo envío de Listado de pasajeros por el Club a la Secretaría con no menos de 30 días de anticipación al día de traslado, si la lista no es entregada en su totalidad o tiene cambios se abonarla suma de 200 Dl. por cada cambio caso contrario el boleto no se emitirá.
Serán enviados como boleto electrónico o PTA .

e) ABASU sólo costeará el tramo terrestre (mayor a 500 Km.) que reemplace a un tramo aéreo. El resto de las movilidades terrestres será costeada por los organizadores del hexagonal final

1.3 DERECHOS

a) BALÓN OFICIAL (MOLTEN) derechos exclusivos (sponsor oficial).

ABASU adopta para ser usado en el torneo la pelota marca MOLTEN , de acuerdo a convenio preexistente, recibiendo de la firma oficial una cantidad de balones que distribuirá a los Organizadores de Sedes y Clubes Participantes.

b) Otorgar Trofeos y Medallas al Campeón y Subcampeón.

c) Denominación de la Copa del Torneo.

d) Merchandising del Torneo.

e) Derechos de Televisión , Radio e Internet, etc.

1. Los Derechos de Televisión. Radio e Internet son exclusivos de ABASU. Una vez firmado el Contrato con la Empresa que se adjudicará la cesión de los Derechos Televisivos, ABASU entregará a las sedes en forma total y/o parcial las disposiciones que regularán el procedimiento a seguir.

2.
1. Los derechos exclusivos de televisión internacional y nacional, radio, Internet, vídeo, cd-rom, etc, o cualquier otro medio de comunicación o tecnología a utilizarse para la transmisión directa o indirecta y/o diferida de los juegos son de ABASU.
2. ABASU podrá negociar los derechos de forma parcial o total incluso de cada tecnología de transmisión mediante acuerdos a tal fin.
3. Los derechos televisivos nacionales (dentro del territorio nacional) de cada sede, de los cuadrangulares, podrán ser –con autorización de ABASU – comercializados por el organizador.
4. En todos los casos la productora y televisora nacional de TV local deberá bajo su responsabilidad disponer de señal en plantas terrena más cercana –con posibilidad de ser tomada a solicitud de ABASU.

f) Derechos de Publicidad Estática
1. El 50% de las pancartas fijas y/o rotativas y aplicación en piso, cumpliendo con las exigencias del Manual de Publicidad.
2. ABASU tendrá prioridad en los rubros comerciales a negociar con su porcentaje (50%) de Publicidad Estática, por sobre el poseedor del resto, quien deberá coordinar su utilización con ABASU

g) Espacios Promociónales

Los Clubes deben facilitar a ABASU o a quien designe espacios (accesos e interior del estadio) para la promoción de productos acorde con la publicidad estática de su propiedad (sin interferir con productos de gastronomía que se ofrezcan en el estadio, a través de sus concesionarios).

2. CLUBES ORGANIZADORES DE SEDES.

2.1 OBLIGACIONES

Artículo 35 Aranceles. Jueces y Comisionados Técnicos.
Los Clubes organizadores de sedes en cada caso cancelarán a
través del Comisionado Técnico y supervisión de la Autoridad de ABASU los valores arancelarios de hexagonales clasificatorios (en todos los casos al inicio de cada evento) de acuerdo al siguiente detalle:
Arbitro FIBA y Comisionados Técnicos Nacionales con aranceles locales

Artículo 36 Transporte Terrestre

a) El transporte terrestre (según corresponda) desde aeropuerto internacional de destino a la ciudad Sede de los juegos..

b) Movilidad interna entre aeropuerto-hotel-aeropuerto y hotel-coliseo-hotel (entrenamientos y partidos) mediante buses para delegaciones, combis para los árbitros FIBA y Comisionado Técnico, para la Autoridad de ABASU (automóvil).

c) Transportes Terrestres :Se deben realizar en unidades de 1º categoría (seguros, seguridad civil incluidos según art. 34 inc. C).

Artículo 37 Alojamiento y Alimentación

a) Alojamiento

1) Los Árbitros visitantes y el Comisionado técnico en hoteles de 3 estrellas o superior en habitaciones dobles
2) Las delegaciones Visitantes En residencias Deportivas o Centros de Alto
rendimiento o Hoteles, con un alto grado de confort, seguridad, higiene y
limpieza

• Los Delegaciones participantes, se conforman de diez y seis (16) personas, incluido un árbitro FIBA

• Se requieren habitaciones dobles, triples o cuádruples para los jugadores, con camas adecuadas con alargues de ser necesario, (1) una doble para el cuerpo técnico y ( 1 ) una simples para el Delegado (se recuerda que el árbitro se hospeda en otro hotel). Si el número de jugadoras es de diez (10), la delegación deberá estar compuesta por un máximo de catorce (14) personas

3) Las Autoridades de ABASU y /o de la Liga Sudamericana en hoteles de 4
estrellas o superior, en habitaciones singles.

b) Alimentación

1. La alimentación a proporcionar (sin cargo) será desayuno- almuerzo y cena, toda de 1º calidad adecuada a atletas de alta competencia y bebidas al tono (agua mineral y/o jugos, gaseosas) incluso en entrenamiento exceda al menú normal ofrecido).
2. La alimentación se suministrará hasta 15 personas (delegación oficial), Árbitros FIBA, Comisionado Técnico y Autoridad de ABASU.
3. Las comidas y/o snacks en tránsito son a cargo de su consumidor.
4. Los organizadores de sedes, asumirán la alimentación desde el día de arribo (desayuno, almuerzo y/o cena) hasta la comida correspondiente (almuerzo o cena) del cuarto día, partida de la delegación.
5. Situaciones especiales por tráfico aéreo serán coordinadas con ABASU.

Artículo 38 Aranceles de los Operadores de Mesa de Control y Estadísticos se aplicará el sistema arancelario vigente en cada Federación y/o Confederación Nacional para torneos locales.
Artículo 39

a) Impuestos y Otros: Los impuestos por venta de entradas de cualquier tipo, salario de operadores, acomodadores, técnicos, etc, cobertura médica del juego, seguridad, apoyo logístico, personal de limpieza y cualquier otro gasto emergente para la organización de la sede.

b) Los costos correspondientes a la conformación de equipos a la Liga Sudamericana en cualquiera de sus fases, por pago de salarios, viáticos, premios, cumplimiento de contratos, cargas sociales y seguros serán de exclusiva responsabilidad del Club participante sin que deba asumirlo ABASU.

Artículo 40 Prensa

a) Asistencia logística y operativa (encargado oficial) a la prensa en general (oral, escrita y televisiva), incluyendo área de conferencia de prensa.

b) Acreditación: Facilitar un sistema de acreditación de prensa para su control.

Artículo 41. Sala VIP

Prever área VIP para autoridades, Sponsors e invitados Especiales. Incluye espacio reservado en platea del coliseo (plateas a convenir).

Artículo 42. Publicidad Estática

a) Coliseo libre de publicidad hasta 7 mts. de altura del piso (salvo la autorizada).

b) Apoyo logístico (personal) para instalar la publicidad estática (o rotativa).

c) Asumirá los costos de producción del arte del rubro a publicitar en cualquier sistema a utilizar.

Artículo 43 Estadísticas

El Comisionado Técnico deberá tomar contacto con el/los encargado/s de confeccionar las planillas técnicas de cada juego, por cualquier sistema de uso habitual (digital y/o manual) y solicitar un juego copia a la finalización del partido, para archivo, junto a la planilla oficial de juego, y envío según notificación especial.

Artículo 44 Filmacion y Grabación de los partidos

a) Filmar todos los partidos en que se actúe como local, personal
Calificado deberá filmar en formato digital del partido.

b) Las filmaciones no deberán ser interrumpidas en su imagen ni sonido durante el transcurso del juego, y cada 4 minutos deberá tener enfoque del tablero del partido o audio, con indicación del tanteador y tiempo restante del juego.

c) La filmación cubrirá todas las instancias del cotejo, hasta el retiro del Comisionado Técnico del rectángulo de juego, luego de la finalización del partido. El video deberá ser entregado al Comisionado Técnico al finalizar el partido, quien dentro de las 24 hs. de realizado el partido, deberá remitirlo a la Comisión de Liga Sudamericana.

d) Estará permitida la comercialización de las filmaciones de los partidos
en todas las instancias del cotejo y que los partidos se puedan pasar en diferido por TV pero con previo acuerdo con ABASU.

Artículo 45 Difusión y Conferencias

Los Organizadores de Sede de la I Edición de la Liga Sudamericana de Clubes SUB 15 MASCULINA están obligados a efectuar un evento lanzamiento y conferencias de prensa previa a la iniciación de los grupos con el objeto de promover, difundir y captar el interés de los aficionados y público en general.

2.2 DERECHOS

Artículo 46

a) Publicidad del piso y estaticas en cancha

1. El centro de la cancha (circulo central) se utilizará para el Logo de ABASU en todos los estadios.
Las dos zonas restrictivas serán adjudicadas a la publicidad de los clubes.
El resto del campo de juego debe estar limpio de publicidad
2. La publicad estática frente a cámaras serán de 2,50 x 0,80 metros de largo
Las cuatro centrales se utilizaran para colocar dos logos de ABASU y dos de MOLTEN.
El resto de las pancartas frente a la línea de cámaras y bajo los tableros serán para los Clubes participantes.

b) Indumentaria Deportiva

Cada Club podrá:

1. Utilizar su propia indumentaria deportiva (marca, modelo y numeración propia) con la publicidad habitual autorizada según las normas FIBA.

2. Se prohíbe expresamente publicidad alusiva a balón deportivo (no oficial del torneo) y cualquier otro producto contra leyes locales y/o internacionales del buen gusto y costumbres.

3. La vestimenta deberá cumplir con lo establecido en el artículo 22.1 sin excepción.
Si el Club no está de acuerdo con la decisión de la Comisión de Liga Sudamericana, puede elevar una apelación al Comité Ejecutivo, quien juzga en última instancia.

Lo anterior es válido para todas las sanciones y/o multas que imponga la Comisión de Liga Sudamericana.

C) Taquilla-
Recaudación bruta de los encuentros serán de los equipos que
actúan como locales (asumen responsabilidad impositiva).

D) Trofeos y Medallas

Se otorgará a los clasificados 1º y 2do de cada Sede hexagonal,
coordinado con la Autoridad de ABASU.

3. CLUBES PARTICIPANTES
(visitantes)

3.1 OBLIGACIONES

Artículo 47 Transporte Aéreo y Terrestre

a) Asumirá a su costo el transporte (aéreo o terrestre) entre ciudad de origen y sede en la fase clasificatoria. En la fase final ABASU se hará cargo del transporte hasta la sede.

b) Aéreos excedentes: Cada club participante deberá cubrir a su propio costo los pasajes aéreos excedentes a los que suministra ABASU.

3.2 DERECHOS

Artículo 48 Generales
Los equipos participantes obtienen todos los derechos que le otorga el presente Reglamento, entre otros, lo referido a indumentaria deportiva

CAPITULO IV
PENALIDADES

A. AUTORIDADES, INSTANCIAS Y PROCEDIMIENTO

Artículo 49 La Comisión de Liga Sudamericana y el Comité Ejecutivo de ABASU en lo que se refiere a PENALIDADES, cumplirán lo dispuesto en el reglamento de los Campeonatos Sudamericanos de Menores,

a) Examen y decisión en primera instancia de los reclamos y sanciones.

b) La imposición de sanciones contra jugadores, entrenadores, suplentes, árbitros y oficiales de mesa que haya violado el espíritu y la letra de los Estatutos Generales y Reglamentos Internos de la FIBA, así como el espíritu de “juego limpio” que debe existir en el básquetbol, se deben basar en los informes de los árbitros y comisionados, así como en las observaciones hechas por los miembros de la Comisión de Liga Sudamericana.

Artículo 50 La segunda instancia y definitiva, le corresponde al Comité Ejecutivo de ABASU, cuyas decisiones no están sujetas a recursos de reconsideración cuando concierne a amonestaciones, sanciones, multas, suspensiones o descalificaciones de jugadores, directores técnicos, auxiliares o dirigentes, con respecto a incidentes del partido, informados por el Arbitro(s), Comisionado Técnico o miembro (s) de la Comisión de Liga Sudamericana.

Su veredicto es inapelable.

Artículo 51 El código de Penas que se usará en este Torneo, será el que rige actualmente en la ABASU. Sin embargo, las decisiones disciplinarias y reglamentarias se tomarán conforme las normas de la sana crítica, basadas en razones de la experiencia y la lógica, Estatutos y Reglamentos y atenderás a la multiplicidad, precisión, seriedad, complementación y conexión de los hechos.

Los informes de Comisionados Técnicos, Árbitros y Auxiliares de Mesa de control tendrán el carácter de presunción legal reglamentaria, recayendo en el afectado la obligación de probar en contrario.
Los miembros de la Comisión de Liga Sudamericana, podrán poner en conocimiento los hechos o dichos que afecten el prestigio y desarrollo de la actividad de la Liga.

Artículo 52 Si cualquier partido fuese suspendido por los Árbitros en razón de la Intervención de los espectadores o por agresiones cometidas contra alguno de los Árbitros, los jugadores o dirigentes, el Club local será castigado con la pérdida del partido y la eliminación del Torneo en caso de comprobada culpabilidad a juicio de la Comisión de Liga Sudamericana.

Artículo 53 El estadio del Club local en el cual, con ocasión del partido del Torneo fuese invadido por los espectadores o se agrediera algún árbitro, jugador o dirigente será inhabilitado para los que pudieren corresponderle jugar como local.

Artículo 54 Si la Comisión de Liga Sudamericana lo considera, puede reemplazar la inhabilitación por multa o castigar al Club por falta de garantías no previstas y determinar que los partidos locales se jueguen a puerta cerrada en lo sucesivo del Torneo.

Artículo 55 En caso de que un equipo abandonara el campo de juego negándose a finalizar el partido, se le aplicará la pérdida de los puntos y se declara perdido por 20 a 0 y además será posible de una multa que aplicará la Comisión de Liga Sudamericana. Si por disposiciones nacionales debiere procederse a reintegrar el público el valor de las entradas, el Club que hubiese abandonado el campo de juego.

Artículo 56 Las inasistencias de un equipo a cualquier partido a disputar, dará origen a sanciones que determinará la Comisión de Liga Sudamericana, aplicar multas y no podrá participar en los torneos siguientes, salvo casos de fuerza mayor que apreciará la Comisión de Liga Sudamericana por los siguientes motivos:

a) No filmar el partido
b) No entregar el video de cada partido en tiempo y forma al Comisionado Técnico para su remisión a la Comisión de Liga Sudamericana.
c) No cumplir el pago de aranceles, multas y dietas a las autoridades (s/reglamento).
d) No entregar al Comisionado Técnico las planillas estadísticas para su remisión a la Comisión de Liga Sudamericana.
e) El incumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento y los Anexos de Televisión y Publicidad.

B. IMPUGNACIÓN

Articulo 58 Para impugnar la validez de un partido se deberá recurrir ante la Secretaría dentro de las 24 horas de realizado el partido, presentando un escrito en el cual se consignarán los fundamentos la impugnación. Se deberá depositar en carácter de fianza, la suma de US$ 300 (quinientos dólares americanos). Si la protesta es aceptada, la fianza será integrada, caso contrario la fianza se hace efectiva.

CAPITULO V
OTRAS MATERIAS

A DIFUSIÓN Y PUBLICIDAD

Artículo 59 Los Clubes participantes, están en la obligación de efectuar una Conferencia de Prensa antes de la iniciación del Torneo, con el objeto de promover y captar el mayor interés de los aficionados y público en general.
Artículo 60 Los Clubes deberán presentar logo y/o mascota que los identifique durante la disputa del Torneo, cediendo su uso a ABASU en las condiciones establecidas en el Reglamento Televisivo y Publicitario.

B. INTERPRETACIÓN REGLAMENTARIAY COMPLEMENTACIÓN

Articulo 61 La Comisión de Liga Sudamericana resolverá, cualquier duda que se produzca en la interpretación de este Reglamento.

Articulo 62 Envío de planillas técnicas de cada partido vía e-mail a oficinas FIBA-América (P. Rico), y Secretaría General de ABASU (Asunción).

Los asuntos no contemplados en los presentes Reglamentos, serán resueltos por la Comisión de Liga Sudamericana, teniendo en cuenta los Reglamentos de la misma y los Reglamentos de alta competencia de la FIBA.

Este reglamento fue aprobado en la reunión del Comité Ejecutivo de ABASU en Buenos Aires Argentina el Miércoles 10 de Marzo del 2010

Fuente: cabb.com.ar

»consulta04/05/2010 07:46
no me queda claro de que manera se decide cuales son los 6 clubes argentinos a participar, es decir, si hay por ejemplo 8 interesados de que manera se resuelve.
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»agustin05/05/2010 21:37
que clubes juegan?
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»Sergio 2 Due06/05/2010 07:15
Tambien no me parece lógico que no permitan jugadores extranjeros..aqui en Brasil hay varios chicos argentinos jugando en sus clubes,como mi hijo desde hace 10 años
Así como tambien debe haber extranjeros jugando en Argentina y en otros paises...no se justifica que los dejen afuera simplemente por su nacionalidad..lo voy a hacer brasilero solo para que pueda jugar por su club? es ridículo
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